El subsecretario de Ingresos Públicos Sergio Beccari dijo en Otrosambitos (Pop Radio 96,1) que en el caso de Terminal Puerto Rosario se hizo un embargo por la totalidad de la deuda, que sumada a impuestos de sellado, accesorias y multas sumaba más de 9 millones de pesos sobre las cuentas corrientes detectadas "El contribuyente, ante la medida cautelar de la API interpore un recurso y pide la reconsideración de la medida, contemplando una serie de argumentaciones y diciendo que prácticamente esta medida le dificultaba la operatoria integral del puerto", explicó Beccari.
No estaba tan acertada la mala recaudación de este año, estuvo Mercier y nos dijo que tienen un superávit de 1.800 millones
La diferencia, que es el dato fundamental que nosotros manejamos, entre lo recaudado efectivamente ingresado y presupuestado, con el cierre de noviembre da 1.500, millones de pesos eso no es superávit. Esa es la diferencia entre el ingreso presupuestado y el ingreso ejecutado, contra eso hay que contraponerle porque tambiín entramos a confundir el resultado financiero con el ingreso. Eso es ingreso, y a eso hay que contraponerle el gasto, que no fueron presupuestado en su momento por la lógica que tiene presupuestado el tipo de gasto como son política salarial que llevamos a noviembre en 1.300 millones de pesos en derogaciones y los montos no ingresados en cajas de jubilaciones que la Nación sigue no girando sobre el díficit de las cajas de jubilaciones provinciales, digamos comprometidos en su momento no ahora, que suman hasta el momento 800 pesos y un poco más.
Osea que tendríamos un díficit adicional de 600 millones…
Claro. Entonces cuando nosotros analizamos la administración financiera de la provincia con ingresos en gastos, porque tambiín hubo una buena disciplina de parte de los demás ministros ante una elección permanente del Ministro de Economía, muy disciplinada todos los ministros y todos los ministerios llegamos a una administración financiera que podemos decir que es equilibrada y permite estar al día con un montón de cuentas con proveedores, salarios, el pago a los municipios en tiempo y en forma. Pero no es superávit los 1.500 millones de pesos, es la diferencia entre el ingreso presupuestado y ejecutado.
Has pasado por todos los medios exponiendo porque no se le ha perdonado la deuda a TPR que era un embargo preventivo contra la cuenta corriente, se hizo un cambio de cautelar, y despuís se entro en el concurso, correcto… Ahora tengo una gran duda, si el embargo y lo que le reclama la provincia son 9.500.000 pesos y el origen de la deuda es de 1.400.000, de esta cifra a los 9 millones y medio de pesos, ¿cómo se llegaron?
Estamos hablando de impuesto de sellos, y esta tiene una mecánica de alta acción coercitiva cuando no se cumple con la normativa que se establece. Estamos hablando de un agente de retención, ahí hay indulto por defraudación que llega hasta 10 veces el impuesto y las multas tambiín son del 300%, son los intereses resarcitorio. Estamos hablando de deudas que datan de muchos años atrás. Más allá de discutir esto, que es una de las razones por el que el contribuyente presente el recurso y el API lo somete a una nueva revisión, antes de que se produzca el concurso preventivo, acá lo importante son dos cosas a destacar. Vos no te olvides que a todos esto lo establece el código fiscal. En mucho de los casos que es otro tema que nosotros estamos trabajando en iniciar la formación de un tribunal fiscal, en mucho de los casos la justicia ordinaria no tiene en cuenta los conceptos tributarios que establece la normativa fiscal y aplican el los conceptos que establece la justicia ordinaria. En este caso está muy fundado porque se está hablando de un impuesto de sellos que da diferencia al ingreso en bruto y en cuanto al sello tiene una alta connotación de multas porque es fácilmente evadible, entonces si vos no tenes una fuerte acción contra el contribuyente que debería ingresar pero no ingresa no lo paga nadie al impuesto de sello. Más allá de que analicemos si es confiscatorio o no. Estamos hablando de una imputación que hace un diputado con muy mala intención y con una connotación política, estoy hablando del diputado Gastaldi, a mi me gustaría como contribuyente, como ciudadano me explicara el Diputado Gastaldi, la administración Obeid que hizo para garantizar muchos de los grandes contribuyentes que tenían sumas importantes de dinero y que tenía una medida preventiva mínima. Acá se la aplico la máxima que era embargar la cuenta corriente. Entonces acá estamos cambiando el eje de la discusión una administración que es responsable en la acción de su tributo, en la conformación de la exigencia de la deuda contra una decisión que se le perdonó, aquí no hay perdón, ni condonación. El concurso se presentó por toda la deuda, el concurso llega hasta 14 millones de pesos. Aquí fueron los grandes contribuyentes que sufrieron esta medida cautelar, no nos equivoquemos desde el punto de vista político, cuando vos tenís una administración y sos responsable y cuando vos tenes una administración que recaude y pase la cosa.
Fuente: c3m.com.ar