El conflicto por la pastera volvió a instalarse entre ambos gobiernos en las últimas semanas por la presión uruguaya en respaldo a la compañía y la amenaza argentina de recurrir nuevamente a la Corte Internacional de La Haya para que evite un aumento de la producción y, como consecuencia, de la contaminación.
A travís de un comunicado, Cancillería explicó que la Corte Internacional de Justicia fijó la capacidad de producción de Botnia en 1 millón de toneladas anuales y "sobre esa cifra emitió su dictamen. Todo cambio que se realice en Botnia-UPM altera la sentencia de dicho tribunal".
Al mismo tiempo, recordó el Ministerio de Relaciones Exteriores, el fallo "estableció que sea la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) la que asuma el control y vigilancia sobre los efectos de la dicha empresa sobre el Río Uruguay. Ambos gobiernos ratificaron este procedimiento".
En marzo del año pasado, Uruguay informó a la CARU sobre una solicitud de aumento de producción de la pastera, reconociendo "que se requiere la opinión de la Argentina para decidir dicho cambio".
"En tiempo y forma la Argentina hizo saber al Uruguay por intermedio de la CARU que la información recibida era incompleta de acuerdo a los artículos 7 y 8 del Estatuto del Río Uruguay y se solicitó información adicional para poder expedirse", indicó Cancillería.
El pedido de información, de acuerdo con el organismo, fue reiterado en cuatro oportunidades sin que Uruguay responda. "Por lo tanto aún no ha comenzado a correr el plazo de 180 días para que la Argentina responda a la solicitud uruguaya tal como queda estipulado en el artículo 8 del Estatuto", agregó.
Es por ello que Cancillería entiende que "toda decisión que se tome sin cumplir con dichos pasos procesales es violatoria del Estatuto del Río Uruguay y de los posteriores acuerdos firmados por las autoridades de ambas naciones".
En el comunicado se llama a que Uruguay espere los 180 días establecidos tras satisfacer los pedidos de información argentinos. Y recuerda que en caso de que "no haya acuerdo entre las partes, el Estatuto del Río Uruguay establece que debe resolverse por medio de negociaciones entre los dos países y en caso de no arribar a un acuerdo cualquiera de las partes puede someter el diferendo a la Corte Internacional de Justicia".
"Estamos seguros que el interís de la empresa Botnia UPM, por más poderosa que sea, no puede promover la violación de fallos internacionales ni acuerdos entre naciones hermanas. Y con ese espíritu de respeto y amistad es que deben ser tratada las presiones que intente efectuar dicha empresa", finalizó.
Fuente: c3m.com.ar