A partir del 15 de enero del corriente año se modificarán los valores de las multas correspondientes a infracciones a las normas de tránsito Dicha actualización se da en el marco de la sanción de la ordenanza Nº 9159, aprobada por el Concejo Municipal de Rosario el 19 de diciembre de 2013 A partir de la norma aprobada, el valor de las sanciones se determinará en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. Esa equivalencia, que quedó establecida por la Ley Nacional N° 26.363, permitirá que el costo de las sanciones se actualice de forma automática y progresiva, al ritmo del aumento de los combustibles.
Desde la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana recordaron a todos los ciudadanos la necesidad de cumplir con las normas de tránsito. “La norma es un pacto social y para mantener una buena convivencia debemos comprender el por quí de la norma y cumplirla. Quien no cumple con la norma está diciendo claramente “mi interís particular está por sobre el interís del conjunto”, referenció el titular del área, Pablo Seghezzo.
La adecuación del Código de Faltas Municipal a la Ley Provincial Nº 13.169 y a la Ley Nacional Nº 24.449, junto a otras acciones que promueven la educación, concientización y sensibilización, busca disuadir conductas agresivas, violentas, transgresoras que ponen en riesgo la convivencia ciudadana y la integridad física de las personas.
“Respetar, se elige. Transgredir, tambiín. Por lo tanto, debemos pensar que las multas no son impuestos, no son para todos, son sólo para aquellos ciudadanos que eligen en un determinado momento no respetar los derechos del resto de la ciudadanía”, amplió Seghezzo.
Por otro lado, desde el municipio se sostiene que estas medidas acompañan la idea de que pensar en una ciudad inclusiva, es pensar en una ciudad con espacios públicos para todos los medios de movilidad, con hábitos de buena conducta en la vía pública, donde se respeten las normas y pautas que regulan el uso del espacio común y la circulación peatonal y vehicular, permitiendo así una movilidad más ágil e inclusiva.
Los nuevos valores de las multas varían según la gravedad del hecho, ponderando aquellas que ponen en mayor riesgo a la integridad de las personas.
Ejemplos con valores desde el 15 de enero
– Conducir bajo los efectos del alcohol; desobedecer las señales de los semáforos; efectuar pruebas de velocidad en la vía pública (picadas) y conducir a mayor velocidad de la permitida, tendrá una multa que variará según las condiciones del hecho entre 150 UF a 500 UF.
– Circular en motovehículos sin casco reglamentario; conducir utilizando celular; conducir sin utilizar cinturón de seguridad y no respetar carriles de circulación o efectuar maniobras injustificadas u obstructivas, tendrá una multa que variará según las condiciones del hecho entre 50 UF y 150 UF.
– En lo referente a la ocupación indebida del espacio público; estacionar en lugares prohibidos, sobre parques y plazas, sobre veredas, sobre sendas peatonales; en sector reservado para vehículos de personas con discapacidad, delante de rampas para sillas de ruedas; así como efectuar carga o descarga fuera de horario permitido, tendrá una multa que variará según las condiciones del hecho entre 25 UF y 75 UF.
Con esta necesaria actualización de los montos de las multas, junto con otras intervenciones ya más relacionadas a la educación y concientización, se busca promover un cambio en la actitud y en el comportamiento de los infractores en miras a reducir la tasa de infracciones a la normativa vigente.
“La educación vial es parte de la educación ciudadana. Un buen ciudadano, será un buen conductor”, destacaron por último desde la Secretaría de Control y Convivencia ciudadana.
Fuente: c3m.com.ar