Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) serán el próximo 9 de agosto; las presidenciales se realizarán el 25 de octubre del año que viene y, si hubiera segunda vuelta, esta votación será el 24 de noviembre de 2015, de acuerdo con el cronograma electoral.
La Dirección Nacional Electoral publicó en su página web el calendario de las elecciones, que arrancará el 28 de abril con el cierre del Registro de Electores y continuará el 8 de mayo, con la difusión de los padrones provisionales.
El 10 de junio vencerá el plazo para la presentación de alianzas y adhesiones y el 20 la presentación de listas de precandidatos ante la junta partidaria, fecha clave para la definición de nombres y puestos.
Reciín el 10 de julio comenzará oficialmente la campaña electoral y diez días despuís empezará la difusión de los spots publicitarios radiales y televisivos, de acuerdo a los criterios de distribución de los espacios entre los distintos partidos políticos, definidos a travís de un sorteo público.
Con los plazos oficializados comienza entonces a correr el reloj para los comicios, en los que no sólo se elegirá nuevo Presidente y Vice, sino senadores y diputados nacionales, además de gobernadores en varias provincias que votarán junto a las nacionales.
La publicidad se centrará en 18 días de campaña para las primarias, según lo determinado en el cronograma electoral: desde el 20 de julio hasta el 7 de agosto, día en que comienza la veda electoral, 48 horas antes de los comicios, mientras que el 25 de julio empieza a regir la prohibición de la publicidad de actos de gobierno.
Despuís de las PASO, hasta el 5 de septiembre de 2015 tendrán plazo los partidos y frentes para presentar a sus candidatos proclamados, que serán oficializados por la Justicia Electoral el 10 del mismo mes.
La campaña electoral para los comicios presidenciales arrancará oficialmente el 20 de septiembre, aunque tambiín diez días despuís empezarán a difundirse los spots televisivos y radiales de la campaña proselitista presidencial y a partir del 10 de octubre regirá la prohibición de los actos de gobierno.
La veda electoral, como está establecido por ley, empezará el 23 de octubre, dos días antes de la realización de los comicios presidenciales.
Si ninguna fórmula presidencial se alzara con más del 45 por ciento de los votos, o bien, sacara un 40 por ciento y aventajara por más de 10 puntos porcentuales al segundo, deberá realizarse una elección de segunda vuelta el 24 de noviembre.
Fuente: c3m.com.ar