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Suspenden las designaciones de fiscales

La ley 27063 es sumamente clara respecto al tiempo de aplicación y vigencia del nuevo Código Procesal Penal Su artículo 3° establece que "el Código aprobado en el art.1°, entrará en vigencia en la oportunidad que establezca la ley de implementación correspondiente, la que deberá tener las previsiones orgánicas pertinentes tanto con relación a los órganos jurisdiccionales como a aquellos otros encargados de su aplicación.

Sin que este momento temporal haya acaecido, y violentando la Ley Orgánica del Ministerio Público y las Resoluciones PGN 13/98 y 35/98, la Procuración General de la Nación, ha designado 16 fiscales "subrogantes" de manera ilegítima, o al menos irregular, demostrándose prima facie, una clara arbitrariedad e imprudencia en el accionar.

Sin referirme a las eventuales motivaciones de tal comportamiento, ni mencionar tampoco que la mayoría de los designados para tales subrogancias pertenecen a un grupo (político judicial) llamado Justicia Legítima, no podemos menos que censurar tales conductas que ponen en riesgo la estabilidad, transparencia, y autonomía del Ministerio Público y del Poder Judicial.

Asimismo, tampoco se advierte la urgencia que habilite a tales designaciones apresuradas, máxime cuando se designan "subrogantes" de cargos que todavía no han tenido titulares, con lo cual no se explica la premura para efectuar las mismas.

No resultan atendibles por otra parte, y con el máximo de los respetos, las razones invocadas por la Procuradora, Alejandra Gils Carbó, en relación a la necesidad de establecer una adecuada distribución de trabajo y mayor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles, toda vez que mediante la designación de "subrogantes" no se persigue garantizar eficazmente la aplicación del nuevo Código sino que se hace intervenir a los designados en causas existentes con anterioridad a la puesta en vigencia del mismo, violándose lisa y llanamente lo establecido en el art.5° del nuevo ordenamiento que prohíbe taxativamente que ello ocurra.

En la causa "D’Alessandro, Mauricio y Otro c/Procuración Gral de la Nación s/medida cautelar autónoma", el abogado Mauricio D’Alessandro ha logrado que se dicte la suspensión tajante de tales designaciones irregulares.

Si bien dicha resolución es cautelar y por ende provisoria, es esperable que al resolverse el amparo que da marco a dicha medida se confirmen dichas suspensiones y se proceda a reestablecer el equilibrio de la ley. La medida fue otorgada por Enrique Lavií Pico, juez de feria del fuero contencioso quien atinadamente puso un freno cautelar ante el avasallamiento de derechos efectuado.

Dicho amparo, no fue un caso aislado. Graciela Camaño, en representación del Frente Renovador, la Asociación de Magistrados, y la Asociación de Fiscales han interpuesto sendos recursos de amparo con similares argumentos. Al respecto, el doctor Ricardo Sáenz, Fiscal General de la Nación, ha manifestado que el objetivo es "intentar preservar la vigencia del derecho" y la independencia del Poder Judicial.

En resumen, una bocanada de aire fresco en los tiempos que corren, que le permiten a la ciudadanía seguir confiando y creyendo en la Justicia de los hombres.

Fuente: c3m.com.ar