Mediante la resolución 34/2015 publicada en el Boletín Oficial, la Comisión de Planificación y Coordinación Estratígica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas estableció que si el precio interno de los combustibles supera el valor de importación, las empresas no estarán exentas de abonar los impuestos correspondientes al expendio de combustibles.
Según la normativa, la caída del precio del crudo "derivó en la caída de los precios de los productos obtenidos a partir de su refinación, obteniendo como resultado para los primeros días del mes de enero del presente, una reducción aproximada del 42% del precio de la nafta y del 39% del gasoil".
La resolución modifica lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley N° 27.008 y argumenta que cuando ísta se sancionó, el 30 de octubre de 2014, "en el mercado internacional de hidrocarburos se presentaba un escenario que sufrió bruscas variaciones hacia finales del año 2014 y principios del corriente. En efecto, el precio promedio del barril de petróleo crudo West Texas International (WTI) era, para el mes de octubre de 2014, de 84 dólares presentando para los primeros días del mes de enero del año 2015 una caída de aproximadamente 45%".
La medida es retroactiva al 1 de enero de este año y en el texto se señala que "a partir del 1 de enero del año 2015 se implementaron diversas medidas que acompañan el nuevo escenario descripto y tienden a preservar el empleo, estimular la inversión y mantener la producción en el sector hidrocarburífero nacional".
"El contexto internacional del mercado de hidrocarburos ha generado un alto grado de variabilidad en el nivel de precios del petróleo crudo y sus derivados, resultando primordial en estas condiciones atenuar su impacto sobre el nivel de actividad y empleo local", según la resolución que lleva la firma de los secretarios de Energía, Mariana Matranga; de Comercio Interior, Augusto Costa; y de Política Económica, Emanuel Álvarez Agis.
Por otra parte, en la resolución 33/2015 se aprobó el reglamento general del Programa de Estímulo a la Producción de Petróleo Crudo, que tiene como objetivo principal reducir en el corto plazo la brecha entre producción y consumo de petróleo crudo del tipo "Medanito" por medio de dos vías: en primer lugar, incrementando en el corto plazo la producción de petróleo crudo, reduciendo de esta forma las importaciones (y por ende el flujo creciente de divisas) y, por otro lado, estimulando la inversión en exploración y explotación para contar con nuevos yacimientos que permitan recuperar el horizonte de reservas.
Asimismo, otro de los objetivos perseguidos por el programa es proteger el nivel de actividad y empleo de las cuencas productoras con el propósito de coadyuvar al mantenimiento de las inversiones tendientes al logro del autoabastecimiento de hidrocarburos.
Las empresas podrán inscribirse en el programa hasta el 30 de abril a travís del correspondiente formulario al correo electrónico de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratígica del Plan Nacional de inversiones Hidrocarburíferas, a la siguiente dirección: cepnih@mecon.gob.ar.
Fuente: c3m.com.ar