Ya se encuentra a disposición de los contribuyentes la opción de realizar el pago anticipado de la Tasa General de Inmuebles (TGI) correspondiente a la totalidad del año 2019, obteniendo el 10% de descuento. El beneficio está disponible hasta el 11 de febrero inclusive. Además para quienes adopten la modalidad de débito automático y de boleta digital o ya estén adheridos, se suma un nuevo beneficio con el descuento de un período completo (hasta $300) en el próximo año, 2020.#
Los interesados pueden ingresar a www.rosario.gob.ar/tramites y buscar la opción Pago Anticipado TGI 2019. Se puede acceder con número de cuenta TGI y código de gestión personal o, para quienes sean titulares de la cuenta, mediante CUIT y Clave Fiscal utilizando el servicio Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios. También pueden dirigirse a cualquier Centro Municipal de Distrito (CMD).
Es requisito a los fines de obtener el beneficio no registrar deuda en concepto de Tasa General de Inmuebles por los períodos fiscales anteriores. No obstante, en caso de existir deuda, el contribuyente podrá cancelarla a los fines de poder acceder al beneficio comunicándose al correo tributos@rosario.gob.ar o bien concurriendo al CMD más cercano. El beneficio del 10% de descuento aplica a todas las formas de pago.
Nuevo beneficio
Para las adhesiones a boleta digital y débito directo en cuenta bancaria, los interesados deberán ingresar en rosario.gob.ar/tramites y buscar ambas opciones que pueden resolverse íntegramente en línea.
El beneficio del descuento de un período total (o hasta $300) en el próximo año se otorgará a quienes escojan ambas opciones hasta el 28 de febrero y tengan al día las dos primeras cuotas correspondientes a enero y febrero de 2019. El descuento se aplicará en el período a vencer en abril de 2020.
Asimismo, se otorgará un beneficio parcial del 50% de un período, a aquellos contribuyentes que se adhieran fuera del plazo y cumplan con los pagos de seis anticipos consecutivos en tiempo y forma.
Derecho de Registro e Inspección
Aquellos contribuyentes que adhieran al débito directo en cuenta para cancelar sus obligaciones de Régimen Simplificado gozarán de la bonificación del importe equivalente a un período.
La condición para el otorgamiento del beneficio es que todos los períodos del año calendario se encuentren abonados bajo la modalidad de débito bancario.
Al igual que en TGI, se otorgará un beneficio parcial del 50% para aquellos contribuyentes que hayan cancelado al menos seis períodos consecutivos en el último año calendario. El descuento se hará efectivo en el período marzo del año siguiente, cuyo vencimiento opera en abril de 2020
Fuente: c3m.com.ar