El abogado constitucionalista Domingo Rondina dijo en Otros Ambitos (Pop Radio 96,1) que la medida de Macri de designar a dos representantes de la Corte el procedimiento puede ser riesgoso, extraño, políticamente criticable por la oposición, pero es válido. Al respecto, hay que hacer dos observaciones insoslayables: el sistema está expresamente previsto en el artículo 99, inciso 19, de la Constitución nacional, que permite al presidente cubrir vacantes cuando el Senado está en receso. Y esta circunstancia está presente porque el Congreso entró en receso hasta el 1 de marzo.
Fuente: c3m.com.ar