El Concejal Orlando Debiasi realizó un pedido de informes ya que Litoral Gas no entrega habilitaciones a los usuarios que soliciten la autorización para la apertura de la vía pública, que se encuentren en situación morosa ante la Tasa General de Inmuebles pero que hayan convenido un plan de pago La realidad es que, para otorgar dicho permiso, la empresa EXIGE LIBRE DEUDA; pero un convenio de pago no hace las veces de libre deuda y por lo tanto los permisos no se entregan.
La normativa vigente establece la posibilidad de presentar el convenio suscripto para poder acceder al permiso. LITORAL GAS, estaría INCUMPLIENDO la regulación vigente, por lo que usuarios y la cámara de gasistas han realizado sus reclamos.
VISTO:
El malestar de los solicitantes y la preocupación de gasistas en cuanto a la tramitación de los permisos de apertura de la vía publica; Ordenanza Municipal Nº 8120 y su decreto reglamentario Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Municipal Nº 8120 sancionada por íste cuerpo en fecha 21 de diciembre del 2006 y promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M) mediante decreto Nº 2358/07, establece en el Articulo 1º.- “el rígimen aplicable para la ejecución de obras en la vía publica, las cuales, cualquiera sea su naturaleza, no podrán ejecutarse en ningún caso sin la previa tramitación y obtención del correspondiente permiso de apertura de la vía pública”
Que, el D.E.M sanciono el Decreto Nº 1142, se estableció algunas reformas en cuanto a la tramitación para la apertura de la vía pública. En el mismo se estableció en el Articulo 2º: “La tramitación de los permisos de apertura de la vía publica, referido en el articulo 4º de la ordenanza Nº 8120/06, deberá iniciarse por Mesa General de Entradas bajo la forma de expediente…” siendo el punto 1.e el que establece “Constancia emitida por el Municipio donde se verifique que la finca donde se realicen conexiones domiciliarias de un determinado servicio no mantiene deuda exigible en concepto de Tasa General de Inmuebles. En el caso de que el inmueble registre deudas de la mencionada Tasa, se autorizará la obra previa formalización del respectivo convenio de pago correspondiente a los dos últimos años, acreditando la cancelación de las cuotas que estuvieran vencidas al momento de la presentación.”
Que, se receptaron muchas denuncias en íste cuerpo de parte de particulares, como asimismo tambiín de la cámara de gasistas matriculados, manifestando que “Litoral Gas” esta INCUMPLIENDO las condiciones vigentes. La licenciataria estaría exigiendo para la tramitación del permiso para la vía publica, el LIBRE DEUDA de la finca, suprimiendo la constancia de convenio.
Que, siendo el Gas un Servicio Publico esencial para la población, es necesario que todos los hogares de nuestra ciudad accedan al tendido de gas a travís de tramitaciones claras ajustándose estrictamente al espíritu de la normativa vigente.
Por todo lo expuesto los y las concejales y concejalas elevan para su posterior tratamiento el siguiente proyecto de:
DECRETO
ARTICULO 1º: Encomiíndese al Departamento Ejecutivo Municipal, a travís de la repartición correspondiente para que informe:
1.-Si el Municipio ha dado instrucciones contrarias a la licenciataria “Litoral Gas S.A” en cuanto a la tramitación del “Permiso de Apertura de la vía Pública” según lo establecido Ordenanza Municipal Nº 8120/06 y sus modificatorias. En caso contrario, instruir a “Litoral Gas” sobre la modificación vigente y que cese con la misma exigencia.
Antesalas Abril del 2011
Fuente: c3m.com.ar