La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) enviará en los próximos días al Congreso el proyecto de ley por el cual se intenta actualizar el Monotributo para ampliar sus límites y modificar las cuotas mensuales que deben pagar los contribuyentes adheridos a ese rígimen El Presidente del Concejo de Ciencias Económicas Ricardo Schneir explicó en Otrosambitos (Pop Radio96,1) el tema.
El proyecto -que esta semana estaría terminado y listo para ser enviado al Parlamento- ampliaría los límites de facturación anual permitidos para estar dentro del sistema simplificado tanto para particulares como para industrias y comercios.
De acuerdo con lo que trascendió, para el caso de los particulares el tope, que actualmente es de 72 mil pesos anuales, se elevaría a 200 mil, mientras que para industria y comercios el límite pasaría de 144 mil a 300 mil pesos.
Las cuotas mensuales que deben pagar los contribuyentes tambiín se modificarían, con variaciones que van desde una reducción del 56 por ciento a un incremento de casi el 102 por ciento, depende de la categoría, en el caso de las empresas.
Para los particulares, las modificaciones oscilarían entre una baja del 41 por ciento y un aumento de casi el 24 por ciento, afectando en este caso a la categoría más baja que actualmente paga 114,75 por mes. La idea del Gobierno es tener sancionada la modificación del rígimen para poder aplicarla a partir del 1 de setiembre cuando se realice la recategorización de los monotributistas.
Si bien no hubo hasta ahora una confirmación oficial de las nuevas categorías en que quedaría conformado el rígimen -por lo menos en los que hace al proyecto que se remitirá al Congreso- se estima que la más baja irá hasta los 35 mil pesos anuales, con un pago mensual de 141,75 pesos.
La segunda categoría, que involucrará desde los 35.001 pesos de facturación anual hasta los 75 mil, tendrá una cuota mensual de 171,75 pesos.
La tercera -que abarcará a los que facturen anualmente entre 75.001 y 110 mil pesos- tendrá una cuota de 271,75 pesos mensuales; la cuarta, de 110.001 a 155 mil pesos, pagará 981,75 pesos mensuales, y la quinta -entre 155.001 y 200 mil pesos- 1.321,75 pesos por mes.
En el caso de las empresas, además de estas categorías, se sumarían tres adicionales que van de 200.001 a 235 mil pesos anuales de facturación con un pago mensual de 2.081,75 pesos; de 235.001 a 270 mil pesos de facturación, con una cuota de 2.431,75, y de 270.001 a 300 mil pesos, con un pago mensual de 2.781,75 pesos.
Fuente: c3m.com.ar