En pleno recinto, tras la aprobación en general de la ley de Emergencia Pública, se introdujeron modificaciones al impuesto del 30% para operaciones de turismo y ahorro. Por pedido del bloque de Unidad y Equidad Federal, la compra de pasajes de cualquier tipo que no requieran el uso de divisas, aunque sean al exterior, no pagarán el impuesto PAIS.#
Esta medida implica, en la práctica, que la totalidad de los pasajes de Aerolíneas Argentinas y de la firma acuática Buquebús, por ejemplo, serán más baratos que la de las empresas extranjeras que vayan a los mismos destinos porque no tendrán el recargo del 30% aunque sean al exterior. La excepción es extensiva a cualquier pasaje terrestre, acuático o aéreo siempre y cuando no tenga impacto cambiario (que no implique giro de divisas al extranjero), explicaron fuentes de la cámara a El Destape.
Así quedó redactado uno de los incisos, que menciona los casos en los que sí quedará alcanzado por el impuesto: “Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación".
Emergencia Pública
Media sanción para la ley de emergencia
La modificación fue introducida por el diputado nacional José Luis Ramón, quien ejemplificó el caso de quienes viven cerca de las fronteras y suelen tomar un micro para cruzar la misma. Con la vieja redacción de la norma, esos viajes quedaban gravados con un 30% extra, que ahora será exceptuado. Por eso, quedará a criterio de la reglamentación de la norma hasta donde alcanza y si luego se limitará o no a solo países fronterizos.
Fuente: c3m.com.ar